Atribuciones
1) Realizar la auditoría operativa interna de la Municipalidad con el objeto de
fiscalizar la legalidad de su actuación.
2) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal.
3) Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales,
informando de ello al Concejo, para cuyo objetivo tendrá acceso a toda la
documentación disponible.
4) Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones
fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del
estado de avance del ejercicio programático presupuestario. Asimismo,
deberá informar también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento
de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios
municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios
incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la
municipalidad o a través de corporaciones municipales, de los aportes que la
municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal y del estado de
cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de
perfeccionamiento docente. En todo caso, deberá dar respuesta por escrito
a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal.
5) Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que
aquél puede requerir en virtud de esta ley.
6) Fiscalizar a las Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones Municipales,
respecto del uso y destino de sus recursos, pudiendo disponer de toda la
información que requiera para tal efecto.
7) Atender los requerimientos que le formule la Contraloría General de la
República, de la que depende técnicamente.
8) Efectuar controles permanentes y sistemáticos a las unidades operativas y
administrativas.
9) Realizar comprobaciones de inventarios físicos en forma regular.
10) Efectuar verificaciones sobre los bienes municipales, y que se cuenten con
los mecanismos de control que aseguren su existencia.
11) Realizar constataciones sobre la correcta imputación de las distintas
instancias que contempla el sistema de Contabilidad Gubernamental.
12) Realizar exámenes oportunos a las operaciones económicas y financieras
procediendo a representar situaciones que no se enmarquen en el ámbito de
la legalidad vigente, y otros que disponga la Dirección.
13) Representar al concejo los déficits que advierta en el presupuesto municipal.
14) Aprobar las rendiciones de cuenta fiscalizando el cumplimiento de la
finalidad para la cual fue otorgada la subvención.
15) Revisar las rendiciones de cuentas de fondos fijos.
16) Velar por la observancia de las normas de la transparencia activa.
17) Presentar al Concejo Municipal el informe de cumplimiento de metas
institucionales y colectivas.
Encargada: Marcela Cares Cares
Art. 26 Reglamento Interno
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